Jueves 03
de Abril, 2025

Minería

Gerente de ARIN: “Los pequeños mineros merecen incentivos, no solo exigencias

Gerente de ARIN: “Los pequeños mineros merecen incentivos, no solo exigencias

Juan Carlos Uceda reconoció que hay en el espectro una gran cantidad de
productores que no tributan por no tener Ruc y que eso sucede porque
no tienen ningún incentivo para tomar la decisión de formalizarse

 

El gerente de administración y finanzas de ARIN S. A. Juan Carlos Uceda, en su exposición sobre el tema “Experiencia de la debida diligencia con pequeños productores mineros”, en el foro desarrollado por ADEX con el título “Transitando hacia la formalización minera: Rompiendo barreras y creando un futuro sólido”, sostuvo la necesidad de otorgar incentivos concretos a los pequeños mineros y mineros artesanales para motivarles a su formalización.

Fue enfático al sostener que la formalización minera es un compromiso ineludible de todos los grupos de interés, precisando que la pequeña minería y minería artesanal representan alrededor del 55% de la producción de oro del país, por lo tanto, es indispensable aprobar pronto la Ley MAPE que se encuentra en el Congreso. El proceso de formalización, según recordó, ha sido lento y se ha visto interrumpido en varias ocasiones.

Reveló que representando al sector joyero ha participado en varias oportunidades en las reuniones convocadas por el Minem para colaborar en base a su experiencia cercana y vivida con los pequeños productores mineros.

Recordó que mediante el D.L. 1552, dado en el 2023 se modificó la Ley del IGV e ISC, incorporando dentro de las operaciones consideradas como exportación de acuerdo al artículo 33 de la ley en mención, la venta de metales realizada por los productores mineros a favor de los fabricante nacionales de joyas destinadas a su exportación, siempre que el metal transferido sea incorporado en la joya que va a ser exportada y a la fecha de realización de la operación, tanto el productor minero como el fabricante nacional de joyas se encuentren inscritos en los registros que pone a disposición la SUNAT.

Esta operación, realizada por los productores mineros, dijo el empresario, al ser considerada como exportación (cumpliendo con lo establecido en el párrafo anterior) no se encuentra afecta al Impuesto General a las Ventas (IGV). Asimismo, en ambos casos se podrá solicitar la devolución del IGV y no estará sujeto al Spot.

Informó que el productor minero y el fabricante nacional de joyas deben presentar, en forma independiente, por Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT) una comunicación de entrega y de recepción, respectivamente, adjuntando el documento digitalizado del acta de entrega y recepción, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de realizada la entrega del metal.

Uceda recordó que en una época los grandes productores de oro ponían reparos para abastecer a los fabricantes de joyas con la materia prima, aduciendo razones tales como; que su modelo de negocio no lo permitía, que ya tenían comprometido su oro mediante contratos con grandes compradores del exterior, que no vendían oro fino, o que su capacidad de producción era mayor a las necesidades de materia prima del fabricante nacional.

“Por esa razón apostamos trabajar con los pequeños mineros y mineros artesanales aprovechando la norma en mención y no nos equivocamos”, recalcó.

Enfatizó que esta norma otorga dichos beneficios solo a la venta de oro a los fabricantes de joyas, no a los comercializadores del metal ni a las plantas de beneficio.

Afirmó que los pequeños mineros y mineros artesanales están expuestos a muchas estigmatizaciones, pero que su empresa ha aprendido a separar “la paja del trigo”, porque no todos los pequeños productores se ubican dentro de esa línea delgada de la ilegalidad o la criminalidad.

En su opinión no solo debe exigírseles a los pequeños productores mineros a cumplir obligaciones, sino que se les debe otorgar algunos incentivos. Y propone concretamente los siguientes:

Una tasa de impuesto a la renta diferenciada, sistemas de pagos a cuenta igualmente escalonados. Además sugiere la existencia de mayor inclusión financiera, y por esa razón a muchos pequeños productores se les exige facturar sus cuentas corrientes, aun sabiendo que se les puede pagar con cheques de gerencia.

“Pero si ellos canalizan sus desembolsos vía cuentas corrientes estarán más controlados por las autoridades facilitándole a la Sunat la trazabilidad correspondiente”, comentó.

Reconoció que actualmente hay en el espectro una gran cantidad de productores que no tributan por no tener Ruc y que eso sucede porque no tienen ningún incentivo para tomar la decisión de formalizarse.

Uceda demandó, asimismo, mayor presencia del Estado para promover tecnologías de “oro limpio” en la producción de estos pequeños mineros y contribuir a una minería sostenible.

Sobre ARIN S.A.
Arín S.A. es una empresa joyera que en 38 años de actividad ha conquistado el liderazgo indiscutible en la fabricación y exportación de joyería de oro y plata en el Perú.

Su primera exportación fue de 2,000 gramos y hoy exporta más de cinco toneladas al año. Fusionan arte, tradición, tecnología e innovación en cada una de sus piezas. Sus productos llegan a los mercados de USA, Canadá, Inglaterra, entre otros.

Directivos y colaboradores de Arín se encuentran comprometidos con el desarrollo del país, impulsando y fomentando la formalización de la pequeña minería y la minería artesanal con responsabilidad social.

Cada pieza exportada es resultado de una cadena productiva que proyecta el talento y la dedicación de sus colaboradores peruanos al mundo.

Arin tiene cerca de cuatro décadas de excelente compromiso transformando el oro y la plata en joyas que cruzan fronteras con orgullo peruano.

Con la adecuada formación y desempeño de nuestros colaboradores hemos logrado posicionarnos como una de las mejores empresas peruanas en la industria joyera, apoyando al crecimiento económico del país y dar trabajo a más familias peruanas.

whatsapp